De acuerdo al artículo 40 del Código Fiscal de la Federación, son créditos fiscales los que tenga derecho a percibir el Estado o sus organismos descentralizados que provengan de contribuciones, de sus accesorios o de aprovechamientos, incluyendo los que deriven de responsabilidades que el Estado tenga derecho a exigir de sus funcionarios o empleados o de los particulares, así como aquellos a los que las leyes les den ese carácter y el Estado tenga derecho a percibir por cuenta ajena.
En términos más simples, es el dinero que la autoridad o las instituciones públicas tienen derecho a percibir por concepto de algún impuesto o derecho y que al no pagarse se consideran créditos fiscales.
Es importante que procures no tener esta clase de adeudos (ni ningún otro), ya que además de generarte posibles multas, las entidades correspondientes tienen la capacidad de reportarlos a Buró de Crédito, por lo que se verán reflejados en tu historial e impactarán negativamente tu calificación crediticia.
Algunas de las entidades que pueden determinar un crédito fiscal e informar a Buró de Crédito sobre su no pago son:
- Servicio de Administración Tributaria (SAT).
- Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
- Comisión Nacional del Agua (CONAGUA).
- Los gobiernos municipales o las alcaldías.
De modo que si, por ejemplo, no pagas a tiempo el agua o el predial, esto puede ser reportado a Buró de Crédito.
Evita tener registros negativos en tu historial y afectar tu score crediticio pagando en tiempo y forma todos tus compromisos tanto con Otorgantes de crédito como con autoridades e instituciones públicas.
Para saber cuál es tu situación actual, consulta tu Reporte de Crédito en nuestra página o en la app de Buró. Puedes hacerlo gratis una vez cada 12 meses y si requieres alguno más en el mismo período tiene un costo de $35.60 cada uno.