Glosario

Buro-de-credito

Mostrando 4 resultados (A-B)


A

  • Alertas Buró

    Servicio que proporciona Buró de Crédito para personas físicas y morales, el cual consiste en la notificación sobre cambios en su historial crediticio.

B

  • Buró de Crédito.

    Es una empresa privada, constituida como una Sociedad de Información Crediticia, debidamente autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), con opinión del Banco de México (Banxico) y de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).

    Proporciona servicios sobre recopilación, manejo y entrega o envío de información relativa al historial crediticio de personas físicas y morales, así como operaciones de crediticias y otras de naturaleza análoga que dichas personas mantengan con entidades financieras (bancos, uniones de crédito, sociedades de ahorro y préstamo, etc.) así como con empresas comerciales (tiendas departamentales) y Sofomes, E.N.R..
                      

  • Base de datos

    Conjunto de datos que se integra con la información que envían los otorgante de crédito (entidades financieras, empresas comerciales, Sofomes, E.N.R.) sobre el comportamiento de pago de personas físicas y morales con quienes mantienen una relación jurídico y/o comercial.

  • Base primaria de datos

    Aquella que se integra con información de cartera vencida. Se considera cartera vencida a la definida como tal en las disposiciones aplicables a instituciones de crédito, emitidas por la CNBV.

Mostrando 9 resultados (C-E)


C

  • Capacidad de pago.

    Es el ingreso que no se destina a ningún otro concepto del gasto familiar ni deuda. Para estimarla es necesario determinar el ingreso mensual y restarle todos los gastos de manera que el resultado son los ingresos libres de cualquier obligación:

    Capacidad de pago = ingreso mensual - gasto mensual.

  • Costo unitario.

    Los costos asociados con una sola unidad de un producto incluyendo los costos directos, indirectos, rastreados y asignados.

  • Crédito al consumo.

    Se llama crédito al consumo al que se otorga para comprar un bien o servicio de uso personal, pagándolo en plazos determinados y con una tasa de interés previamente pactada. Con este crédito se puede adquirir desde una plancha, útiles escolares, computadoras, refrigeradores y hasta financiar un viaje a cualquier parte del mundo.

  • Centro de Servicio a Clientes.

    Unidad de atención telefónica establecida por Buró de Crédito para proporcionar servicios al consumidor de crédito.

  • Cliente.

    Cualquier persona o empresa que solicite o sobre la cual se solicite información a una sociedad. También denominado consumidor final.

D

  • Declarativa.

    Cuando una institución crediticia determina que una reclamación presentada por un consumidor no procede, el consumidor tiene derecho a incluir en el reporte de crédito un texto de hasta 1,000 palabras donde explique el motivo de su desacuerdo.

  • Dun & Bradstreet S. A. S.I.C.

    Sociedad de Información Crediticia, encargada de la administración de la base de datos de empresas (personas morales).

E

  • Empresa comercial.

    Aquella empresa distinta de la entidad financiera, que de manera profesional y habitual realice operaciones de crédito u otras de naturaleza análoga, así como aquella que adquiera o administre cartera crediticia, así como los fideicomisos de fomento económico constituidos por estados de la república y Ciudad de México.

  • Entidad financiera.

    Aquella autorizada para operar en territorio nacional y que las leyes reconozcan como tal, incluyendo a las que se refiere el artículo 7o. de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, la banca de desarrollo y los fideicomisos de fomento económico constituidos por el gobierno federal, las uniones de crédito, las sociedades de ahorro y préstamo y las entidades de ahorro y crédito popular.

Mostrando 9 resultados (F-P)


G

  • Garantía de calidad.

    Modelo adoptado por Buró de Crédito para establecer prácticas de innovación y mejora continua reconocidas internacionalmente para lograr la satisfacción de los grupos de interés relacionados con su actividad como son: clientes, personal, accionistas y sociedad en general.

H

  • Historial crediticio.

    Conjunto de información que integra todos y cada uno de los créditos que una persona física o persona moral tiene o ha tenido, así como la forma en que estos han sido pagados. El historial crediticio se puede conocer solicitando un Reporte de Crédito Especial.

I

  • Informe Buró.

    Resumen de la información crediticia de una persona física con actividad empresarial y/o empresa, contenida sólo en Buró de Crédito.

L

  • Ley para Regular a las Sociedades de Información Crediticia.

    Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación en enero de 2002, en donde se establecen los lineamientos que regulan la creación y operación de las Sociedades de Información Crediticia y sus usuarios.

M

  • Marco legal.

    Conjunto de leyes y reglas que se encuentran en vigor y que rigen la operación de las Sociedades de Información Crediticia.

  • Mi Buró.

    Resumen de la información crediticia de una persona física o moral, que contiene el nombre de los otorgantes de crédito, contenida sólo en Buró de Crédito.

  • Mi Score.

    Es la puntuación del comportamiento crediticio reflejado en un Reporte de Crédito Especial.

O

  • Otorgante de crédito.

    Son todas aquellas empresas que como parte de su objeto social proporcionan crédito a sus clientes en forma habitual y profesional o llevan a cabo una actividad análoga al crédito.

  • Oficina de Atención a Clientes.

    Unidad de atención personalizada establecida por Buró de Crédito para proporcionar servicios para el consumidor de crédito.

Mostrando 11 resultados (Q-Z)


R

  • Reclamación.

    Cuando el consumidor detecte alguna imprecisión en los datos contenidos en el reporte de crédito tiene derecho a presentar una reclamación ante Buró de Crédito. Buró de Crédito tramita la reclamación con el otorgante de crédito dentro de los primeros cinco días hábiles a partir de la recepción de la documentación, de acuerdo con el marco legal vigente, el otorgante de crédito debe responder en 30 días naturales y en caso necesario modificará la información. Cuando el otorgante no entrega una respuesta dentro del plazo establecido por la ley, Buró de Crédito procede a modificar el registro conforme a lo solicitado por el consumidor en su reclamación

  • Reglas generales del Banco de México.

    Normatividad emitida por el Banco de México a las que deben sujetarse las operaciones y actividades de las Sociedades de Información Crediticia y sus usuarios.

  • Reporte de Crédito Especial.

    Informe documental o electrónico elaborado por una Sociedad de Información Crediticia que contiene el historial crediticio de un cliente, persona o empresa que lo solicita, bajo los términos de ley y que incluye la denominación de las entidades financieras o empresas comerciales acreedoras.

  • Reporte ordinario.

    Informe documental o electrónico elaborado por una Sociedad de Información Crediticia para ser proporcionado al usuario u otorgante de crédito que lo haya solicitado bajo los términos de ley y que contiene el historial crediticio de un cliente, persona o empresa, sin hacer mención de la denominación de las entidades financieras o empresas comerciales acreedoras.

  • Riesgo.

    La evaluación subjetiva de una consecuencia potencial, positiva o negativa, de una acción presente o futura. En el sentido de negocio, riesgo es el premio solicitado o pagado por entrar en una inversión. Frecuentemente, el riesgo se incorpora en las decisiones de negocio a través de ciertos factores como el costo del capital o la tasa de interés que se paga sobre las tasas vigentes en el mercado.

  • Robo de identidad.

    También conocido como usurpación de identidad. El robo de identidad tiene lugar cuando alguien se hace pasar por ti y utiliza información personal de índole financiera para solicitar préstamos, tarjetas de crédito o tramitar un alquiler. El ladrón se aprovecha de tus sólidos registros crediticios, y deja un registro negativo a tu nombre.

S

  • Secreto financiero.

    Denominando así a la discreción a que se refieren los artículos 117 de la Ley de Instituciones de Crédito, 192 de la Ley del Mercado de Valores, 55 de la Ley de Sociedades de Inversión y 34 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, así como los análogos contenidos en las demás disposiciones legales aplicables.

  • Sector microfinanciero.

    Sector económico integrado por las pequeñas y medianas empresas que otorgan o proporcionan crédito o servicios análogos al crédito.

  • Sociedad de Información Crediticia.

    Sociedad de Información Crediticia, autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), con opinión del Banco de México (Banxico) y de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).

T

  • Trans Union de México S. A. S.I.C.

    Sociedad de Información Crediticia mexicana encargada de la administración de la base de datos de personas.

U

  • Usuarios.

    Empresas que hacen uso de la información que integra Buró de Crédito como: bancos, arrendadoras, empresas de financiamiento automotriz, hipotecario y de bienes en general, tiendas departamentales, empresas comerciales y compañías de servicios diversos tales como: televisión por cable, telefonía, etc.