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Mi
empresa ya está al corriente en los créditos,
¿qué puede hacer para que se borre la historia
negativa en Buró de Crédito?
El Reporte de Crédito presenta
los últimos 24 meses de la historia del comportamiento
de pago de cada crédito.
El crédito o la historia de pago puede eliminarse 72
meses contados a partir de la fecha de liquidación,
siempre y cuando la institución otorgante de crédito
haya reportado la fecha de cierre o a partir de la última
vez que fue reportado a Buró de Crédito.
Buró de Crédito únicamente
elimina registros de acuerdo con lo establecido en la Ley
para Regular a Sociedades de Información Crediticia
y las Reglas Generales de Banco de México.

¿Cómo actualizo
el historial crediticio de mi empresa?
Para tener un historial crediticio adecuado, sus créditos
deben estar pagándose al corriente.
Los retrasos en los pagos a los créditos
quedan registrados en su historial, sin embargo es posible
regularizarse paulatinamente al realizar los pagos subsecuentes
de los créditos con puntualidad. En consecuencia, en
el Reporte de Crédito Especial se reflejará
el hecho de que como consumidor de crédito se está
poniendo al corriente en sus compromisos.

Quiero saber a quién
le debe mi empresa para pagarle y que me borren de Buró
de Crédito, ¿qué tengo que hacer?
Para identificar tanto las instituciones
otorgantes como los créditos que éstas reportan
sobre su historial, es necesario solicitar el Reporte de Crédito
Especial.
Una vez identificado el crédito debe acudir
directamente con la institución otorgante para regularizar
su situación de pago. La empresa o banco reporta mensualmente
a Buró de Crédito el comportamiento de cada
crédito y los pagos realizados; ésta información
se reflejará en su Reporte de Crédito Especial.
Buró de Crédito únicamente
elimina registros de acuerdo con lo establecido en la Ley
para Regular a Sociedades de Información Crediticia
y las Reglas Generales de Banco de México.

¿Si pago los créditos
de mi empresa, me borran de la lista negra?
No existe ninguna lista negra, si se
tiene o se tuvo algún crédito, seguramente existirá
un historial registrado en el Buró de Crédito.
El Reporte de Crédito Especial refleja el patrón
de cumplimiento del consumidor en relación con cada
crédito, ya sea que pague puntualmente o presente retrasos.
El historial crediticio permanece en
la base de datos durante un plazo de 72 meses contados a partir
de la fecha de liquidación, siempre y cuando la institución
otorgante de crédito haya reportado la fecha de cierre
o la última vez que reportó a Buró de
Crédito.
Buró de Crédito
únicamente elimina registros de acuerdo con lo establecido
en la Ley para Regular a Sociedades de Información
Crediticia y las Reglas Generales de Banco de México.

¿A quién le tengo
que pagar lo que debo para que me borren de Buró de
Crédito?
Usted debe acudir directamente con la institución
que otorgó a la empresa el crédito para efectuar
el pago del adeudo y así regularizarse. En este caso,
la empresa o banco reportará mensualmente a Buró
de Crédito el comportamiento de pago y la nueva situación
del crédito, ésta información se reflejará
en el Reporte de Crédito Especial.
Buró de Crédito únicamente elimina registros
de acuerdo con lo establecido en la Ley para Regular a Sociedades
de Información Crediticia y las Reglas Generales de
Banco de México.

¿Qué
tengo que hacer para que me borren de Buró de Crédito?
Buró de Crédito
únicamente elimina registros de acuerdo con lo establecido
en la Ley para Regular a Sociedades de Información
Crediticia y las Reglas Generales de Banco de México.

¿Cuándo
van a eliminar el nombre o registro de la empresa del Buró
de Crédito?
Buró de Crédito
únicamente elimina registros de su base de datos en
los siguientes casos, mismos que están establecidos
por la Ley para Regular a las Sociedades de Información
Crediticia y las Reglas Generales de Banco de México:
| 1. |
Registros con antigüedad
igual o mayor a 72 meses. El plazo se considera a partir
de que la institución otorgante de crédito
haya reportado la fecha de cierre o a partir de la última
vez que fue reportado a Buró de Crédito.
Al transcurrir el plazo, Buró de Crédito
elimina esta información. |
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| 2. |
Información referente
a créditos vencidos, cuyo saldo sea inferior al
equivalente a mil UDIS, siempre y cuando hayan transcurrido
cuarenta y ocho meses contados a partir de la fecha en
que los créditos se encuentren cerrados, esto es,
que por cualquier causa hayan dejado de existir derechos
de cobro respecto de los créditos de que se trate
o Buró de Crédito hubiere dejado de recibir
información sobre los mismos. Se entenderá
por créditos vencidos aquellos que tengan 90 o
más días de incumplimiento en sus pagos.
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