| ¿Qué
Empresas reportan información a Buró de Crédito?
Actualmente existen más de 500 instituciones otorgantes
de crédito que aportan información de personas
físicas y en el caso de empresas y personas físicas
con actividad empresarial son más de 630.
Entre estos otorgantes de crédito se encuentran: instituciones
bancarias, emisores de tarjetas de servicio, arrendadoras,
empresas de financiamiento automotriz, hipotecario y de bienes
en general, tiendas departamentales, empresas comerciales,
compañías de servicios de comunicación,
etc.

¿Qué garantía
de confidencialidad tengo para que no le entreguen mi información
a otras empresas?
La Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia
obliga a Buró de Crédito a conservar en secreto
el nombre de las instituciones otorgantes al emitirse el Reporte
de Crédito.
Únicamente se detalla el nombre de las instituciones
otorgantes en los Reportes de Crédito Especiales, que
se entregan de manera directa al consumidor que así
lo solicita.

¿Qué información
debo reportar de mi base de datos?
Las instituciones otorgantes de crédito reportan y
actualizan mensualmente la información que corresponde
exclusivamente a sus clientes, es decir a quienes hayan otorgado
un crédito.
La información debe detallar las características
del crédito, así como la forma en que la persona
o empresa efectúa los pagos comprometidos hasta el
cierre del crédito.
Se debe reportar tanto información sobre créditos
al corriente o pagados puntualmente, como aquéllos
que presenten retrasos.

¿A qué sanción
me hago acreedor en caso de reportar información imprecisa?
De acuerdo con el marco legal vigente se sanciona con una
multa a las instituciones otorgantes de crédito que
proporcionen información imprecisa, cuando exista culpa
grave, dolo o mala fe.

¿Se puede consultar
a cualquier Persona o Empresa?
Se puede consultar a cualquier persona o empresa
que le autorice de manera expresa ser consultado en Buró
de Crédito o al menos debe existir relación
jurídica entre la institución otorgante de crédito
y el cliente.
Si no cuenta con la autorización escrita no se podrá
efectuar la consulta.

¿Qué
garantía existe de encontrar información de
la persona o empresa consultada?
La garantía de encontrar
los antecedentes crediticios de una persona o empresa son
altísimos, porque en la base de datos de Buró
de Crédito están reportados 123.6 millones de
créditos al consumo mismos que corresponden a aproximadamente
a 47.5 millones de historiales de crédito.
En el caso de créditos empresariales para personas
morales o personas físicas con actividad empresarial,
la base de datos tiene reportados 7.5 millones de contratos,
distribuidos en 1.9 millones de expedientes.

¿Puedo
tener algún problema con mis clientes si los consulto
en Buró de Crédito?
Sus clientes tienen que dar
su autorización expresa para ser consultados en Buró
de Crédito, de lo contrario no podrá efectuarse
la consulta.

¿Cuáles
son las sanciones a las que me hago acreedor en caso de no
tener la firma autógrafa del cliente al que estoy consultando?
La institución otorgante de crédito y los
empleados de ésta que obtengan información de
Buró de Crédito sin contar con la autorización
de la persona y/o empresa consultada o que de cualquier otra
forma cometan alguna violación al secreto financiero,
estarán obligados de acuerdo con el marco legal vigente
a reparar los daños que causen, sin menoscabo de las
demás sanciones, incluyendo las penales que procedan.

¿Requiero
de alguna autorización por parte de mis clientes para
reportar información a Buró de Crédito?
No. La ley autoriza a cualquier institución otorgante
de crédito a proporcionar su información crediticia
a Buró de Crédito, sin requerir la autorización
de la persona o empresa que es su acreditado.
Aunado a esto, la ley estipula que no existe violación
al secreto financiero cuando una institución otorgante
de crédito proporcione su información crediticia
a Buró de Crédito.
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